Qué establece la resolución que permite a los padres pedir licencia para cuidar a sus hijos los días que no tengan que cursar

A partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable.

El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial mediante una resolución la dispensa de concurrir en forma presencial al puesto de trabajo a las personas que resulten indispensables en el hogar en el marco del ciclo lectivo próximo a iniciar, en el que volverán las clases presenciales, en un sistema híbrido que, con matices en cada distrito, combinará instancias presenciales con virtuales.

“Dispónese que, a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente”, dice la Resolución 60/2021 que lleva la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

La medida regirá en los siguientes casos: “Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo, así como los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente”.

“Las jurisdicciones tendrán sus propias medidas y modalidades y determinarán el inicio de las clases presenciales. Solo habrá que presentar una declaración para detallar días y horarios de sus hijos para que el empleador, si lo desea, puede ejercer control”

CLAUDIO MORONI, MINISTRO DE TRABAJO

“La persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora” y “deberá completar una declaración jurada”, añade el texto oficial.

La declaración jurada, en tanto, deberá contener: “Los datos del niño, niña o adolescente, el grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo; el régimen de presencialidad dispuesto en esa institución y la declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo”.

Asimismo, podrá acogerse a esta justificación “solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar”.

El jueves, Moroni explicó que “la pandemia de coronavirus complicó todo”, además de remarcar que la medida renovó “la justificación de la inasistencia, aunque con la diferencia que las provincias tendrán sus propias modalidades”.

“Las jurisdicciones tendrán sus propias medidas y modalidades y determinarán el inicio de las clases presenciales. Solo habrá que presentar una declaración para detallar días y horarios de sus hijos para que el empleador, si lo desea, puede ejercer control”, afirmó.

El ministro añadió que “no se solicitará ninguna certificación especial o que la expida el colegio, porque es el principio de buena fe el que rige todo acuerdo entre las partes”, y concluyó que, por ello, la cartera de Trabajo solo solicitará “una declaración”.

Agencia : Telam

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