IFE Anses: quién cobra el 24 de agosto el Ingreso Familiar de Emergencia y cómo sigue el calendario

Hoy, lunes 24 de agosto, se retoma el calendario de pago de la tercera tanda del IFE (Ingreso Familiar de Emergencia). Según el cronograma de pago de la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social), en esta fecha cobrarán los titulares de la AUH (Asignación Universal por Hijo) y la AUE (Asignación Universal por Embarazo) con DNI finalizado en 9.

Luego, desde el martes 25, comenzará el cobro del resto de los beneficiarios que eligieron una CBU (Clave Bancaria Uniforme).

Calendario de cobro por CBU

A fines de agosto y en septiembre empezará el pago del bono IFE de la AFIP a quienes registraron su CBU como medio de cobro.

  • DNI con terminación en 0: martes 25 y miércoles 26 de agosto.
  • DNI con terminación en 1: jueves 27 y viernes 28 de agosto.
  • DNI con terminación en 2: lunes 31 de agosto y martes 1 de septiembre.
  • DNI con terminación en 3: miércoles 2 y jueves 3 de septiembre
  • DNI con terminación en 4: viernes 4 y lunes 7 de septiembre.
  • DNI con terminación en 5: martes 8 y miércoles 9 de septiembre.
  • DNI con terminación en 6: jueves 10 y viernes 11 de septiembre.
  • DNI con terminación en 7: lunes 14 y martes 15 de septiembre.
  • DNI con terminación en 8: miércoles 16 y jueves 17 de septiembre.
  • DNI con terminación en 9: viernes 18 y lunes 21 de septiembre.
Desde el 25 de agosto cobrarán el tercer IFE los beneficiarios que eligieron una CBU en la web de ANSES
Desde el 25 de agosto cobrarán el tercer IFE los beneficiarios que eligieron una CBU en la web de ANSES Crédito: ANSES

IFE Anses: cuáles son los 3 nuevos requisitos para cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia

A través de la Resolución 16/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la cartera que lidera Claudio Moroni, estableció tres modificaciones para el acceso al beneficio basados en el entrecruzamiento de datos: que los presos no puedan percibir el bono, cambios en la forma de contemplar al grupo familiar y la pertinencia de cada solicitud.

Los nuevos requisitos para cobrar el IFE

  1. Los presos no podrán cobrar el IFE:“Las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas por las previsiones del Decreto N° 310/2020 y su modificatorio, por no reunir la calidad de destinatarios establecida en su artículo 2°”.
  2. Nueva forma de contemplar al grupo familiar:“Cuando él o la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la Anses sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente”.
  3. Evaluación patrimonial:“La Anses, requerirá a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) la realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud”.

Nota: La Nación.

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